Washington, DC tiene una disposición de puerto seguro en la Ley de Armas de Fuego que permite que una persona que posee un arma ilegalmente en el Distrito de Columbia que no está registrada a su nombre, la entregue a la policía.
Sin embargo, una persona debe iniciar la entrega voluntaria de armas de fuego en DC, ya que no puede ser una situación en la que la policía arreste a la persona por conducir con una licencia suspendida y la persona intente entregar su arma. Eso no funciona y deben iniciar la entrega del arma de fuego con la asistencia de un Abogado de armas de DC.
Una persona entrega voluntariamente un arma no registrada para evitar ser procesado. A veces, una persona puede hacer eso cuando le dan un arma o la encuentra y quiere hacer lo correcto y rendirse voluntariamente. Sin embargo, esa situación es extremadamente rara.
Es más probable que la persona tenga un arma de fuego que trajo al Distrito desde otro lugar donde la poseía legalmente. Algún tiempo después de mudarse al Distrito, descubren que están violando la ley porque poseen un arma de fuego que no está registrada en el Distrito. No pueden acercarse a la policía y revelar que actualmente están violando la ley, pero les gustaría registrar el arma. Eso es extremadamente problemático. Sin embargo, pueden entregar el arma voluntariamente para evitar procesamiento.
Según la Ley de Puerto Seguro, un individuo puede voluntariamente entregar un arma de fuego en cualquier comisaría, en cualquier comisaría del Departamento de Policía Metropolitana, o pueden comunicarse con la policía y hacer que la policía vaya a su residencia o negocio a recoger el arma. La mayoría de las personas prefieren que la policía no vaya a su casa a recoger armas, por lo que deciden entregarlas por sí mismas al departamento de policía.
Ésa también puede ser una situación incómoda. Entrar en un departamento de policía con una o más armas y no tener ningún problema parece contradictorio. Sin embargo, eso es exactamente lo que sucede.
Según el estatuto, la policía no puede solicitar información de identificación. No pueden recopilar esa información del cliente o del abogado. El abogado puede darle a la policía su información de contacto, pero en ningún momento se requiere que el cliente hable con la policía. No se proporciona ninguna información sobre el cliente a la policía. El cliente es completamente inmune a ser procesado por la posesión de esas armas de fuego.
Sin embargo, no son inmunes si resulta que hace dos años usaron esa escopeta Remington 870 para asesinar a su vecino. En ese caso extremadamente improbable, el cliente no es inmune al procesamiento si la policía mira el arma, la compara con un asesinato, toma huellas dactilares del arma y le ata el arma al cliente. No pueden procesar al cliente por posesión de armas de fuego porque el cliente y el abogado siguieron la letra de la ley al entregarlas y la policía no tiene ninguna información sobre el cliente.
Un cliente quiere una entrega voluntaria de armas de fuego en DC, siguen un proceso. El abogado se comunica con la comisaría de policía más cercana y les informa que van a llegar, cuándo esperan llegar y exactamente qué elementos se entrega el cliente. El abogado le informa a la policía que su cliente se está entregando bajo la Ley de Puerto Seguro y cita el acto cuando habla con ellos por teléfono. El abogado trae una copia del acta pegada con cinta adhesiva a cada estuche o caja de armas, o cualquier cosa que se transporte, para dejar absolutamente claro que estos artículos se están entregando.
En el improbable caso de que a la persona se le pinche una llanta en el camino a la estación de policía y se convierta en un problema, el abogado tiene una copia del acta en su persona y el cliente tiene una copia en su persona. El arma y/o municiones en la caja cerrada tiene una copia del acta grabada en el exterior.
El abogado y el cliente entran a la comisaría junto con el cliente sosteniendo las cajas. Al ingresar a la comisaría el abogado le hace saber al oficial que acaban de llamar para entregar las armas de fuego. El cliente coloca los artículos en el mostrador y sale de la comisaría. El abogado se queda para asegurarse de que la policía acepte adecuadamente las armas.
La forma de entregar correctamente las armas de fuego es contratar a un abogado que pueda asegurarse de que todo se esté haciendo correctamente. El abogado puede asesorar a la persona sobre cómo entregar voluntariamente sus armas de fuego en DC de manera adecuada. Eso significa que el arma debe estar en un estuche cerrado con llave. La munición debe estar separada del arma y también bajo llave. Las maletas cerradas con llave deben guardarse en un baúl. Cuando la persona esté lista para entregarse, su abogado se comunicará con el departamento de policía más cercano para informarle sobre la entrega. El abogado puede entonces acompañar a la persona, que no está obligada a dar su nombre a las autoridades. El abogado tampoco tiene que dar su nombre.
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