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Cuestiones constitucionales en casos de DUI en Fairfax

En los casos de DUI en Fairfax, pueden surgir diversas cuestiones constitucionales. A continuación, encontrará información sobre estas cuestiones y cómo pueden afectar su caso. Para obtener más información sobre su caso en particular o para presentar una defensa constitucional, llame hoy mismo y programe una consulta con un abogado especializado en DUI en Fairfax.

Problemas constitucionales más comunes

Hay dos áreas constitucionales que son más comunes en los casos de DUI:

  • Si había causa probable para arrestar a la persona, y
  • Si había motivos para detener el coche.

El problema constitucional más común es si existía causa probable para arrestar a una persona. La policía no puede arrestarte basándose en una corazonada de que podrías estar ebrio. Necesitan tener causa probable para creer que estás ebrio ; esa es la razón de la prueba de sobriedad en el lugar de los hechos. Diría que ese es el problema constitucional que más se litiga.

¿Cómo se puede utilizar esto como defensa?

Un abogado defensor suele argumentar que la policía simplemente no tenía causa probable para arrestar al acusado. Esto es especialmente cierto en casos de tercera infracción por conducir bajo los efectos del alcohol, ya que quien comete esta infracción por tercera vez ya ha pasado por el proceso dos veces y probablemente sabe que no le conviene someterse a una prueba de sobriedad en el lugar de los hechos. Si no se realizó dicha prueba, al agente le resultará mucho más difícil justificar ante el tribunal su conclusión de que existía causa probable para el arresto.

Un oficial podría afirmar que observó olor a alcohol en usted, ojos inyectados en sangre y llorosos y un ligero desequilibrio en sus pies, pero eso podría no ser suficiente para ser causa probable de un arresto. Y si no hay una causa probable para el arresto, entonces el arresto en sí no es válido y es probable que su caso sea expulsado del tribunal.

Detener el vehículo

Otra área común de preocupación constitucional en los casos de DUI es la sospecha razonable de detener el vehículo. Un oficial debe tener una sospecha razonable para creer que usted ha cometido una infracción de tránsito o un delito penal para poder detener su vehículo. Si un oficial no puede articular eso (por ejemplo, si simplemente lo vio tocar una línea una o dos veces), eso podría no ser suficiente para justificar detener su vehículo. Y si el oficial no tenía motivos para detener su vehículo, cualquier evidencia obtenida después de la parada no se puede utilizar en el tribunal y, por lo tanto, no se le puede condenar por DUI.

Cuarta Enmienda en Casos de DUI

La Cuarta Enmienda otorga protección a cualquier persona arrestada por cualquier delito porque rige los registros e incautaciones. Una convulsión ocurre cuando su automóvil está detenido. En cualquier caso de DUI, lo habrán detenido si finalmente lo arrestaron porque le habrían dicho que no era libre de irse. Para confiscar un vehículo, la Constitución establece que un oficial debe tener una sospecha razonable y articulable para creer que ha ocurrido una infracción criminal o de tránsito. Entonces, si la policía no puede expresar que había algún tipo de sospecha de que usted cometió un delito de tránsito o un delito penal, entonces la Constitución exige que esa evidencia no pueda usarse en su contra.

Además, la Constitución protege oficialmente contra el arresto ilegal. Entonces, para arrestar a alguien constitucionalmente, un oficial debe tener causa probable para arrestar a esa persona, y esa causa probable debe ser transmitida a la persona que está siendo arrestada. Entonces, si la policía no puede expresar que tenía una causa probable y creía que alguien cometió un delito, entonces el arresto es constitucionalmente inválido y todas las pruebas quedan excluidas del juicio.

Lo que significa “articular” es que el oficial de policía no puede simplemente tener el presentimiento de que estás borracho o intoxicado. El oficial debe poder brindar razones reales con las que cualquier oficial razonable estaría de acuerdo, y eso a veces es difícil de hacer. Así es como la Constitución, particularmente la Cuarta Enmienda, realmente brinda protección a las personas arrestadas por DUI.

Otras cuestiones constitucionales

Otras cuestiones constitucionales que se pueden ver en los casos de DUI tienen que ver con la Quinta Enmienda, el contrainterrogatorio y el derecho a un abogado. Si la policía lo tiene bajo custodia y lo está interrogando, deben leerle sus Derechos Miranda. Si solicita un abogado o expresa su intención de permanecer en silencio después de que se hayan leído esos derechos, entonces la policía debe detener todo interrogatorio sobre usted de inmediato y, si se le solicita, conseguirle un abogado. Esa es otra área común del derecho constitucional que surge en los arrestos por DUI.

Interpretación Constitucional en Casos de DUI

En última instancia, la interpretación constitucional recae en el juez que conoce del caso. Supongamos que la fiscalía desea presentar como prueba evidencia obtenida mediante un registro, incautación o interrogatorio, y alega que la acción fue apropiada. Sin embargo, el abogado defensor alega que la evidencia no es válida y presenta una moción para suprimirla. En ese momento, corresponde al juez determinar si el registro, la incautación o el interrogatorio fueron constitucionalmente válidos. El juez utilizará todo tipo de información para tomar esa determinación, incluyendo cualquier decisión de la Corte Suprema de los Estados Unidos sobre cómo aplicar las protecciones de la 14.ª Enmienda.

Si no hay una ley de control de la Corte Suprema disponible, el juez, por supuesto, recurrirá a los tribunales estatales: la Corte Suprema de Virginia y la Corte de Apelaciones de Virginia para obtener orientación sobre cómo el tribunal ha decidido casos similares anteriormente. El juez también examinará los estatutos que pueden regir el tema en cuestión y cómo lo manejarían otros estados. Si no hay absolutamente nada de la Corte Suprema, Virginia o cualquier otro estado, dependerá del juez comparar los casos con otros casos que haya escuchado, y la decisión dependerá del sentimiento del juez sobre lo que es legal.

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